8 de octubre de 2010

Interpondrán controversia contra el apagón analógico

La mayoría de la Cámara de Diputados, con la oposición del PAN, ordenó a la mesa directiva presentar en tiempo y forma, ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), una controversia constitucional contra las disposiciones publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 2 de septiembre pasado, acerca de las acciones que deberá emprender la administración pública federal para concretar la transición a la televisión digital terrestre, conocidas como apagón analógico.

El priísta Alfonso Navarrete Prida señaló que por acuerdo de PRI, PRD, Panal, PT, Convergencia y PVEM, la Cámara de Diputados presentará la controversia con el propósito de que la SCJN clarifique las competencias constitucionales en materia de telecomunicaciones, porque el presidente Felipe Calderón decretó la transición analógica ignorando las atribuciones de la Comisión Federal de Telecomunicaciones (Cofetel).

A juicio de estas fracciones parlamentarias, el Ejecutivo invadió la competencia de un órgano al que la ley otorgó el carácter de autónomo e independiente, que es la Cofetel, y se arrogó facultades que no le son propias en el decreto publicado el 2 de septiembre, explicó.

Agregó que esta acción tiene un antecedente: cuando se emitió el reglamento interior de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT), que otorgaba a esa dependencia facultades que son propias de la Cofetel, la Corte resolvió que se vulneraba la autonomía del organismo y se invadía la competencia de lo que se denomina reserva de ley. Se trata de esclarecer las competencias originales de un órgano autónomo, porque el Ejecutivo federal ha invadido la esfera de competencia del mismo.

En respaldo a la propuesta del PRI, Jaime Cárdenas, del PT, reiteró que la SCJN, al resolver la controversia 7/2009, determinó que el Ejecutivo –en este caso la SCT– no tiene competencia en la regulación de esta materia, facultades que son exclusivas de la Cofetel, de acuerdo con los artículos 9-A y 36, fracción XVI, de la Ley Federal de Telecomunicaciones.



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