27 de abril de 2010

Presenta el PRD su iniciativa de reforma al código militar






El grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática (PRD) en la Cámara de Diputados presentará este martes una iniciativa de reforma al Código de Justicia Militar, para acotar el fuero de guerra y definir que cualquier elemento castrense que cometa violaciones a los derechos humanos durante operativos en el combate a la delincuencia organizada sea juzgado por tribunales civiles.

La propuesta plantea que los soldados que cometan cualquier delito del orden civil sean presentados ante el Ministerio Público, el cual sólo podrá turnar el caso a un tribunal militar si se declara incompetente.

En el proyecto, el coordinador perredista, Alejandro Encinas Rodríguez, resaltó que el fuero militar vulnera en su acción cotidiana derechos y garantías constitucionales de los ciudadanos, como el acceso a la justicia y la presunción de inocencia, “no sólo para los integrantes de los cuerpos armados; también, y de manera alarmante, para la población en general”.


La intención, expuso, es continuar la modernización y profesionalización de las fuerzas armadas, pero garantizar también la preservación de la disciplina interna y la correcta aplicación de la ley, los principios fundamentales de igualdad, presunción de inocencia y prevalencia de la jurisdicción ordinaria respecto de la excepcional. Se resalta que si bien al Ejército le corresponde la conservación de la integridad del territorio y la defensa última de la soberanía nacional, no puede admitirse el uso discrecional de la fuerza coercitiva del Estado en contra de la población civil.

“De manera específica impugnamos las políticas del gobierno federal en materia de seguridad pública y nacional, que únicamente han vulnerado derechos y garantías de gran cantidad de ciudadanos, a quienes ha colocado en una situación de guerra injusta y por demás antidemocrática”, indica la propuesta.

La iniciativa pretende eliminar la extensión extraordinaria del fuero militar hacia los delitos del orden común, que el Ministerio Público Militar únicamente conozca de hechos que pudieran constituir un delito de competencia de los tribunales militares, previa la declinación de competencia del Ministerio Público.

En ese caso, se resguarden los derechos que, como personas en desarrollo, tienen los alumnos de las escuelas militares menores de 18 años. En este caso, se plantea reformar el artículo 153 del Código de Justicia Militar para que, en caso de incurrir en conductas que pudieran constituir delitos, los cadetes no mayores de edad sean remitidos y atendidos por el Sistema de Justicia Penal para Adolescentes.

También se plantea derogar el artículo 57, donde se define que son delitos contra la disciplina militar los cometidos en servicio o con motivos de actos del mismo; los cometidos por militares en buque de guerra o edificio, siempre que como consecuencia se produzca tumulto o desorden en la tropa que se encuentre en el sitio; los realizados frente a tropa o ante la bandera, y que cuando en los delitos concurran militares y civiles, los primeros serán juzgados por la autoridad militar.